“Fallo del Consejo de Estado debe preocupar a los auditores de software de los partidos políticos”: MOE
MOE
Feb 22, 2018
  • MOE presentará protocolo para la auditoría del Software de escrutinios
  • Los resultados de las últimas cuatro elecciones al Congreso de la República han sido demandadas ante autoridades judiciales.
  • De 3 a 5 años se ha demorado el Consejo de Estado en resolver disputas electorales.

Bogotá 20 de febrero de 2017. Según la Misión de Observación Electoral MOE, el reciente fallo del Consejo de Estado que decide declarar la nulidad en la elección de tres congresistas y otorgar esas curules al movimiento MIRA, demuestra la necesidad de una auditoría por parte de los partidos políticos sobre el software y los procedimientos de los escrutinios.

Según Alejandra Barrios Cabrera, directora de la MOE, “Desde 2002 las elecciones al Congreso de la República han sido demandadas y estos procesos se han caracterizado por la incertidumbre jurídica propia de la demora en la adopción de decisiones judiciales. En todos los casos la decisión se ha demorado mínimo tres años o incluso darse después de terminado el periodo de los congresistas”.

Las últimas cuatro elecciones al Congreso de la República (2002-2006, 2006-2010, 2010- 2014, 2014-2018) han sido demandadas por la contabilización fraudulenta de votos, abrumadoras diferencias entre los distintos formularios de votantes, alteraciones a las actas de escrutinios, entre otras irregularidades.

Los tiempos de respuesta de la justicia electoral actual

  • Para las elecciones del periodo 2002-2006, solo hasta julio de 2005 se conoció la decisión, tres años después de la posesión de los Congresistas. Los Senadores a los que se les anuló la curul fueron Piedad Córdoba, José Renán Trujillo y Gabriel Acosta Bendeck, decisión que implicó el regreso al Congreso de Tito Rueda, Miguel Pinedo Vidal y el ex gobernador del Casanare Miguel Ángel Pérez.
  • Periodo 2006-2010, la decisión se dio en julio de 2009, tres años después. El Consejo de Estado declaró la nulidad electoral de los actos que declararon la elección del Senado de la República, por lo tanto, se convocó a audiencia pública para la realización de nuevos escrutinios. Se declaró la nulidad de la elección de Samuel Arrieta de Convergencia Ciudadana y Manuel Enríquez Rosero del Partido de la U, en su lugar entraron Guillermo Alfonso Jaramillo del Polo Democrático y Miguel Arenas Estrada de Convergencia Ciudadana.
  • Periodo 2010- 2014, la decisión se conoció en mayo de 2013, igualmente tres años después. Al igual que el anterior caso, El Consejo de Estado declaró la nulidad electoral de la elección del Senado de la República y se convocó a audiencia pública para la realización de nuevos escrutinios.
  • Periodo 2014- 2018, el comunicado en el que se anunció la decisión se conoció el 9 de febrero de 2018, a un mes de las elecciones del nuevo Congreso y a 5 meses de terminarse el periodo constitucional. El Consejo de Estado decidió declarar la nulidad de tres congresistas y en su lugar le otorgó tres curules al movimiento MIRA, Alexandra Moreno Piraquive, Manuel Antonio Virgúez Piraquive y Carlos Alberto Baena.

Como respuesta a la necesidad actual de hacer un riguroso control de los sistemas de escrutinio, y en consonancia con esta última decisión del Consejo de Estado, la MOE y la fundación Karisma se comprometieron a entregarle a los partidos y movimientos políticos que así lo soliciten, un protocolo inicial de auditoría de este software.

«Todo sistema electoral debe tener mecanismos de control y formas de operativizar auditorías de software, esto en Colombia es urgente de hacer», explicó Carolina Botero Cabrera directora de la Fundación Karisma.

Para la MOE el escrutinio es una de las etapas de mayor fragilidad para la transparencia de los resultados de la votación en el proceso electoral y donde la labor activa de los partidos políticos y movimientos es fundamental. En ese sentido, el protocolo de auditoría creado por la MOE y la Fundación Karisma, recomiendan, entre otras cosas, que los partidos políticos tengan en cuenta unos mínimos necesarios para comenzar a hacer seguimiento a este software:

  • Tener toda la documentación y capacitación que ofrece el contratista encargado del software.
  • Manuales de uso y desarrollo que haya elaborado el contratista.
  • Certificados del sistema otorgados por entidades independientes.
  • Informes de la auditoria interna y/o independiente contratada por la Registraduría para el contrato.
  • Código fuente.
  • Un equipo con el software para pruebas.

Según Alejandra Barrios, “con el protocolo de auditoría del software de escrutinios, los partidos y movimientos políticos tendrán una guía para profesionalizar y aumentar la capacidad técnica de sus equipos de sistemas para hacer seguimiento al proceso electoral”.

Finalmente, la MOE habilitó para este proceso electoral la plataforma de recepción de información sobre posibles irregularidades y delitos electorales www.pilasconelvoto.com en donde la ciudadanía puede reportar cualquier anomalía que observen en cuanto a los procedimientos y sistemas de información no solo de los escrutinios, sino de todo el proceso electoral, lo que incluye los comportamientos irregulares de las campañas políticas.

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